Estimados amigos y clientes,
Por medio de la presente queremos recordarles las obligaciones anuales que deberán cumplir las personas jurídicas, a partir de enero de 2022, para mantener al día sus sociedades de acuerdo a la regulación costarricense:
- Impuesto sobre Personas Jurídicas
Debe pagarse durante el mes de enero y debe ser pagado por todas las sociedades y demás personas jurídicas debidamente constituidas en el país, sean activas o inactivas. El monto a pagar depende de si la empresa está activa o inactiva; Si están inactivos el impuesto oscila entre $115 dólares y si están activos el monto recae sobre las ventas realizadas en el año anterior, es decir 2021, el monto a pagar oscila entre USD $120 y $400.
La morosidad conlleva una sanción de intereses e inmovilización registral, es decir, la empresa no podrá inscribir actos ante el Registro Nacional.
- Sello de Educación y Cultura
Debe pagarse durante el mes de Febrero, , el monto a pagar se calcula en base al capital social de la empresa; el monto a pagar es de aproximadamente USD $20 por año.
El pago atrasado genera intereses.
- Presentación de declaración de la renta, modelo D-101 para empresas inactivas.
Es una nueva obligación para las empresas inactivas (aquellas que no realizan actividades económicas), que, a partir del año 2022, presenten una declaración de renta modelo D-101 ante la Autoridad Tributaria a más tardar el 15 de marzo. Información sobre ingresos Deben incluirse los pasivos y el capital.
El incumplimiento de la declaración genera una sanción administrativa.
- Registro de Accionistas
Esta obligación deberá cumplirse en el mes de abril.. Mediante esta obligación, las empresas deberán indicar, hasta el nivel de persona natural, quiénes son los beneficiarios finales de estas entidades. El trámite se realiza únicamente con firma digital en una plataforma en línea del Banco Central de Costa Rica. Es un registro confidencial y de uso exclusivo del gobierno. El incumplimiento de esta obligación implica la inmovilización registral y multas del 2% sobre los ingresos de las empresas. Así mismo, le recordamos el impuesto sobre bienes inmuebles,el cual debe pagarse a favor del Municipio o Gobierno Local, donde se encuentre ubicado el inmueble, este impuesto puede pagarse trimestral o anualmente, hasta el 31 de marzo de cada año. Finalmente, CONEXA PARTNERS, ofrece servicios relacionados a empresas: Agente Residente, custodia de libros y documentos legales, domicilio social y representación legal, por una tarifa anual. Estamos a su disposición para ayudarle con cualquiera de estos requisitos y trámites, con el fin de mantener a sus empresas al día con sus obligaciones anuales. Cualquier duda, por favor contáctenos o contacte a su abogado en CONEXA PARTNERS.